Micelio

Artículo 1

Para Los Efectos De Las Prestaciones Sociales, Tanto De Los Empleados Administrativos Como Del Personal Docente, Se Considera A La Universidad Pedagógica De Colombia, Con Sede En Tunja, Como Continuación De La Antigua Escuela Normal Superior

Decreto 1333 de 1955 · Por el cual se adicionan los decretos números 2655 de 10 de octubre de 1953 y 330 de 15 de febrero de 1955

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos de las prestaciones sociales, tanto de los empleados administrativos como del personal docente, se considera a la Universidad Pedagógica de Colombia, con sede en Tunja, como continuación de la antigua Escuela Normal Superior. En tal virtud, la afiliación forzosa a la Caja Nacional de Previsión, que dispone el Decreto 330, de 15 de febrero del presente año, surte efectos desde el momento de la creación de la Universidad Pedagógica de Colombia, por no haber existido solución de continuidad entre el personal de una y otra institución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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