°. Efectos de la aceptación de la solicitud conjunta. Decretada la apertura del proceso de insolvencia, el juez del concurso ordenará la inscripción en el registro mercantil de los insolventes que sean partícipes en el mismo Grupo de Empresas y que a la fecha no estuvieren inscritos. Así mismo, una vez decretada la apertura del proceso de insolvencia, el juez del concurso informará de ello a la Superintendencia correspondiente para que en ejercicio de sus funciones administrativas verifique el cumplimiento de la inscripción en el registro mercantil de la situación de control o de la existencia del grupo empresarial y si fuere el caso proceda en los términos del artículo 30 de la Ley 222 de 1995. El trámite conjunto de un proceso de insolvencia podrá prever la posibilidad de celebrar uno solo o varios acuerdos para los deudores vinculados a los que se refiera la solicitud o un acuerdo por cada deudor vinculado. En caso de un solo acuerdo, este incluirá a cada deudor vinculado en la medida en que se dé la aprobación de los acreedores de cada uno de ellos, conforme con las reglas de la Ley 1116 de 2006. En caso contrario, el acuerdo se entenderá referido al deudor vinculado en relación con el cual se dio dicha aprobación, quedando el deudor vinculado respecto del cual no se da la aprobación sujeto a los efectos de inicio del proceso de liquidación judicial.
Decreto 1749 de 2011 →Vigente
Artículo 6
Efectos De La Aceptación De La Solicitud Conjunta
Decreto 1749 de 2011 · Por el cual se reglamentan los artículos 11, 12, numeral 3 del artículo 15; 24, 32, 41; numeral 5 del artículo 43; 60, 61, 67; numeral 1 y parágrafo 2° del artículo 69; 74; numeral 1 del artículo 78; 82, 83, 95, 110, 111 y 112 de la Ley 1166 de 2006.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.