La Nación se asocia a la celebración del segundo Congreso Internacional de Sociedades Bolivarianas que se reunirá en la ciudad de Bogotá con motivo del Sesquicentenario de la Campaña Libertadora de 1819 y con tal fin auxiliase a la Sociedad Bolivariana de Colombia, con sede en Bogotá, con las siguientes sumas de dinero:
Con cien mil pesos ($ 100.000.00) moneda corriente, para realización de dicho Congreso, y
Con cincuenta mil pesos ($ 50.000.00) moneda corriente, para la fundación y dotación de la Biblioteca Bolivariana que funcionará en la Casa Bolivariana de Bogotá, sumas que se tomarán de la partida de que trata la letra a) del artículo segundo de la presente Ley.