Micelio

Artículo 29

Reporte De Información Al Ministerio De Minas Y Ener­gía

Ley 1955 de 2019 · LEY 1955 DE 2019, 25/05/2019, por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022. “Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio de Minas y Energía en su calidad de administrador de los recursos destinados al pago de subsidios, a la ampliación de cober­tura y a la mejora de calidad, entre otros, para la asignación de dichos recursos, además de la información reportada por los prestadores al Sistema Único de Información (SUI) podrá solicitar directamente a los prestadores del servicio público de energía la información que requiera, efectuar visitas, adelantar auditorías y realizar todas las gestiones nece­sarias para verificar la destinación de los recursos asignados.

Parágrafo

El Ministerio de Minas y Energía deberá presentar un in­forme anual al Congreso de la República sobre los recursos destinados para pago de subsidios y la destinación de los mismos para mejorar la ampliación, calidad y cobertura.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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