Micelio

Artículo 50

Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 50. El Rector del Liceo Nacional es de libre nombramiento y remoción del Gobierno. El vicerrector se nombra por el Gobierno a propuesta del Rector, quien nombra libremente los Inspectores o Prefectos que sean necesarios, el Secretario y el Portero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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