Artículo primero . Auxíliase por una sola vez, con la cantidad de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) moneda corriente, la reconstrucción y reparación de los siguientes edificios bajo la administración de la Curia de Cali, que fueron averiados o destruidos por la explosión ocurrida el 7 de agosto de 1956, en la ciudad de Cali
Cementerio Católico;
Templo y casa cural de La Balvanera y de San Nicolás, y c) j edificio del Convento de las Hermanas Misioneras de María Inmaculada, según distribución que hará el Ilustrísimo señor Obispo de Cali, en proporción al valor de los daños sufridos por los edificios y construcciones mencionados.