Micelio

Artículo 1

Decreto 398 de 1957 · Por el cual se concede un auxilio, por una sola vez, y se abren unos créditos adicionales -suplementales y extraordinarios- al Presupuesto vigente. (Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . Auxíliase por una sola vez, con la cantidad de quinientos mil pesos ($ 500.000.00) moneda corriente, la reconstrucción y reparación de los siguientes edificios bajo la administración de la Curia de Cali, que fueron averiados o destruidos por la explosión ocurrida el 7 de agosto de 1956, en la ciudad de Cali

a)

Cementerio Católico;

b)

Templo y casa cural de La Balvanera y de San Nicolás, y c) j edificio del Convento de las Hermanas Misioneras de María Inmaculada, según distribución que hará el Ilustrísimo señor Obispo de Cali, en proporción al valor de los daños sufridos por los edificios y construcciones mencionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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