° Interés general . La investigación e imposición de derechos "antidumping" se hace en interés público. Los derechos antidumping tienen un propósito correctivo y preventivo frente a la causación del daño importante, de la amenaza del daño importante o del retraso importante de una rama de producción, siempre que exista relación con la práctica desleal, y de modo general para cualquier importador de los productos sobre los que tales derechos recaen. Los derechos se imponen de manera particular sobre los productores y exportadores de un país conocidos dentro de la investigación y si es el caso respecto de un país. CAPÍTULO II Definiciones
Decreto 2550 de 2010 →Vigente
Artículo 3
° Interés General
Decreto 2550 de 2010 · Por el cual se regula la aplicación de derechos "antidumping".
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.