Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1065 de 1999 · por el cual dictan medidas en relación con la Caja de Crédito Agrario Industrial y Minero s.a., se reestructura el "Banco de Desarrollo Empresarial S.A." y se le trasladan algunas funciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Seguros. La actividad aseguradora de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero deberá liquidarse. Para el mejor desarrollo de la liquidación, el gerente Liquidador podrá celebrar los contratos y efectuar los procesos a que hace relación el artículo 4º del presente decreto. Los activos de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero vinculados a esta actividad no serán cedidos a la entidad a que se refiere el artículo 12 del presente decreto. Así mismo y sin perjuicio de lo anterior, se podrá, con la autorización de la Junta Asesora de la liquidación, ceder a título oneroso la actividad de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero y las operaciones, derechos y obligaciones que se desprendan de la misma, parcial o totalmente, a compañías de seguros públicas o privadas. En el caso de que se ofrezca la cesión a compañías aseguradoras privadas, el contratante se escogerá observando el principio de selección objetiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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