Micelio

Artículo 2

De Los Estatutos De La Federación Señala, Como Uno De Los Objetivos De Ella, Proteger A Los Federados, Y En General, A Los Trabajadores Cafeteros, Por Medio De Activas Y Benéficas Campañas Sanitarias Y Mediante El Establecimiento O Subvención De Hospitales, Puestos De Salud, Médicos, Dentistas Y Enfermeras Ambulantes, Publicaciones, Repartición Gratuita O Venta De Medicamentos Contra Las Enfermedades Del Trópico Y Contra El Alcoholismo, Y

Decreto 237 de 1977 · Por el cual se aprueba un Acuerdo del XXXV Congreso Nacional de Cafeteros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Entre la Federación y el Ministerio de Salud Pública se celebrará un contrato en el cual se definan, con claridad, los compromisos de ambas entidades y la forma como se prestará este servicio. En el respectivo contrato deberá preverse que cumplidos tres años de funcionamiento del programa, la Federación se reserva el derecho de revisar y evaluar sus resultados y definir sobre la continuidad o no del mismo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 237 de 1977