Micelio

Artículo 10

Ley 217 de 1938 · por la cual se auxilian varios hospitales y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Auxílianse los siguientes Hospitales, así: El de Caridad de Niños "Mejía Marulanda" de Pereira, con $ 50.000.00 El de Piedecuesta, con $ 10.000.00 El de Giraldo, con $ 5.000.00 El de Peque, con $ 5.000.00 El de Ciénaga (Magdalena), con $ 5.000.00 El de Vélez, con $ 5.000.00 El de Túquerres, con $ 5.000.00 El de San Jerónimo, con $ 5.000.00 El de San Miguel (Santander), con $ 5.000.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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