Micelio

Artículo 2.2.38.2.1

Derogado

Decreto 1083 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Derogado.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.2.38.2.1. Enfoques del Servicio Social para la Paz. Se entiende por enfoque la manera en que se abordan las acciones, estrategias y actividades del servicio, considerando aspectos específicos como el grupo poblacional y la territorialidad. Dichos enfoques tienen como objetivo garantizar que el Servicio Social para la Paz sea pertinente, inclusivo y responda de forma adecuada a las necesidades y realidades de las comunidades y del país en su conjunto.

El Servicio Social para la Paz, en sus diversas modalidades, incorporará los siguientes enfoques:

1.

Enfoque de derechos. Se fundamenta en la noción de ser humano y del reco­nocimiento de la dignidad e igualdad, a partir de la no discriminación por razo­nes de sexo, género, orientación sexual, edad, pertenencia étnica, discapacidad, ideología política, estatus migratorio o procedencia geográfica. Requiere de la implementación de acciones de política pública para garantizar la igualdad de las personas y grupos de personas. El Servicio Social para la Paz reconoce y promueve los derechos de la sociedad y de las y los jóvenes colombianos que presten el servicio, con el fin de fortalecer sus capacidades y promover su lide­razgo en la construcción de paz.

2.

Enfoque de género y diversidades sexuales. El Servicio Social para la Paz reconoce e incorpora el enfoque de género, las identidades de género diversas, las orientaciones sexuales diversas y la experiencia de vida de las mujeres, de manera transversal, con el propósito de contribuir al cierre de brechas de género y la eliminación de las visiones sexistas y heteronormativas, reconociendo las diversas formas de contribuir a la paz.

3.

Enfoque étnico. Este enfoque propende por implementar medidas que se ajusten a las necesidades, cosmovisión e intereses de las comunidades negras, afroco­lombianas, raizales y palenqueras, los pueblos Indígenas y el pueblo Rrom o Gitano. El Servicio Social para la Paz reconoce e incorpora el enfoque étnico, en perspectiva antirracista y contra la discriminación.

4.

Enfoque Intercultural. El enfoque intercultural está orientado al reconocimien­to de la coexistencia de diversidades culturales, las cuales deben convivir en respeto. El Servicio Social para la Paz, reconoce e incorpora la cultura de paz como un concepto especial de la seguridad humana de tal manera que en sus diversas modalidades se adapte a los usos y costumbres de las comunidades y se promueva la convivencia pacífica y el buen vivir.

5.

Enfoque territorial. El enfoque territorial se entiende como la capacidad de lograr intervenciones coherentes con la realidad social, política y económica de los territorios, que sean flexibles e integrales y que incluyan activamente a sus pobladores, generando las capacidades necesarias para que los propios territorios puedan gestionar su desarrollo, y a su vez, se superen las intervenciones secto­riales y poblacionales. El Servicio Social para la Paz reconoce e incorpora las distintas visiones y vocaciones culturales, productivas y organizativas de los te­rritorios rurales y urbanos, promueve el arraigo del Promotor de Servicio Social para la Paz y la adaptación de las distintas modalidades en cada territorio.

6.

Enfoque diferencial e interseccional. Se concibe como un método de análisis y actuación, que reconoce las inequidades, riesgos y vulnerabilidades de las per­sonas o grupos específicos en razón a su pertenencia étnica o cultural, curso de vida, genero, orientación sexual, identidad de género, discapacidad, característi­cas socioeconómicas, territorialidad, origen nacional o familiar, lengua, creencia política, religiosa o filosófica. El Servicio Social para la Paz reconoce la coexis­tencia de condiciones diferenciales de las personas.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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