Micelio

Artículo 29

El Gobierno De La República De Colombia Asumirá Las Funciones De Depositario

Decreto 83 de 1996 · por el cual se promulga la "Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural" hecho en Madrid el 27 de noviembre de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno de la República de Colombia asumirá las funciones de Depositario. En consecuencia, custodiará el texto original del Convenio y enviará copia certificada del mismo a signatarios y a las Partes. Así mismo, asumirá todas las funciones reconocidas por el Derecho Internacional a Depositarios de los convenios internacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 83 de 1996