Decreto 409 de 1971 · por el cual se introducen reformas al Código de Procedimiento Penal y se codifican todas sus normas.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Sobreseimiento definitivo. El sobreseimiento será definitivo:
1.
1. Cuando aparezca plenamente comprobado que el hecho imputado no ha existido, o que el procesado no lo ha cometido, o que la ley no lo considera como infracción penal, y
2.
2. Cuando resulte plenamente demostrado que el hecho se realizó en alguno de los casos enumerados en los Artículos 23 y 25 del Código Penal.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.