Micelio

Artículo 2

Decreto 887 de 1881 · Por el cual se separa una Administración de Hacienda nacional de una oficina telegráfica, y se hacen varios nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° El empleado que ha estado desempeñando las funciones de Telegrafista y Administrador de Hacienda nacional en Sincé, continuará ejerciendo únicamente las de Telegrafista.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 887 de 1881