✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art. 4º. El Gobierno procederá en tiempo oportuno a verificar la expropiación de las fábricas de fósforos establecidas en la República, por los trámites que las leyes determinan y teniendo en cuenta los dispuesto en los artículo 31 y 32 de la Constitución.
Pero si fuere posible celebrar convenios ventajosos sobre la compra de tales fábricas, el Gobierno podrá celebrarlos, sujetos a la aprobación legislativa.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.