Dentro de la destinación obligatoria para los bancos comerciales del 14% de sus depósitos a la vista y a término para préstamos de fomento de la agricultura y la ganadería, de que trata el Decreto - Ley 0198 de 1957, se incluyen los préstamos para fomento de la pesca marítima y fluvial o industrial derivadas, con plazo hasta de cinco años.
Decreto 376 de 1957 →Vigente
Artículo 73
Dentro De La Destinación Obligatoria Para Los Bancos Comerciales Del 14% De Sus Depósitos A La Vista Y A Término Para Préstamos De Fomento De La Agricultura Y La Ganadería, De Que Trata El Decreto - Ley 0198 De 1957, Se Incluyen Los Préstamos Para Fomento De La Pesca Marítima Y Fluvial O Industrial Derivadas, Con Plazo Hasta De Cinco Años
Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.