Micelio

Artículo 3

La Incorporación De Los Funcionarios A Los Nuevos Cargos Que Se Crean En El Presente Decreto, Se Efectuará En La Siguiente Vigencia Presupuestal, Conforme A Las Disposiciones Legales Vigentes Sobre La Materia

Decreto 4240 de 2004 · por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Cultura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La incorporación de los funcionarios a los nuevos cargos que se crean en el presente decreto, se efectuará en la siguiente vigencia presupuestal, conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Mientras se efectúa dicha incorporación los funcionarios continuarán ejerciendo las funciones y devengando la remuneración correspondiente a los empleos que actualmente desempeñan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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