° Desde el 31 de Diciembre del presente año se suspenderá la expedición de primas de exportación en todas las Aduanas de la República, exceptuando las de Tumaco, Buenaventura y Cúcuta.
Decreto 1520 de 1907 →Vigente
Artículo 1
Desde El 31 De Diciembre Del Presente Año Se Suspenderá La Expedición De Primas De Exportación En Todas Las Aduanas De La República, Exceptuando Las De Tumaco, Buenaventura Y Cúcuta
Decreto 1520 de 1907 · Por el cual se reforma el número 979 de 15 de agosto de 1907
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.