Objeto. El presente capitulo tiene por objeto establecer los plazos y condiciones para la transferencia de predios rurales a la que se refiere el
Parágrafo 4
del artículo 91 de la Ley 1708 de 2014, adicionado por el artículo 283 de la Ley 1955 de 2019, consagrando el ámbito de aplicación, definiciones y el desarrollo del procedimiento de transferencia.