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Artículo 18

Subdirección De Producción De Inteligencia

Decreto 4179 de 2011 · por el cual se crea un Departamento Administrativo y se establece su objetivo, funciones y estructura.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección de Producción de Inteligencia . Son funciones de la Subdirección de Producción de Inteligencia, las siguientes

1.

Dirigir las actividades de planeamiento, procesamiento, análisis y difusión de información para el desarrollo de las actividades de inteligencia de la entidad, de acuerdo con el marco legal vigente.

2.

Planear y coordinar las actividades de procesamiento, análisis, difusión y traza­bilidad de la información a través de grupos de trabajo especializados.

3.

Asignar y controlar recursos físicos, técnicos, tecnológicos y financieros para el análisis de inteligencia.

4.

Diseñar y establecer planes y mecanismos de procesamiento, análisis y difusión de información.

5.

Realizar actividades de orientación del esfuerzo de búsqueda y establecer los requerimientos de información para el desarrollo de las actividades de recolec­ción a través de la Subdirección de Operaciones.

6.

Coordinar con la Subdirección de Operaciones el proceso de recolección, proce­samiento, análisis y difusión de inteligencia.

7.

Adelantar labores de análisis de información en cooperación y coordinación con otras entidades del Estado, según sus competencias, y con otros organismos de inteligencia y contrainteligencia nacionales o internacionales, en el marco de sus funciones.

8.

Diseñar y hacer seguimiento a indicadores de las actividades de procesamiento, análisis y difusión de información de inteligencia.

9.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institu­cional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

10.

Ejercer las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la na­turaleza de su dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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