Micelio

Artículo 5

Quedan Encargados De Velar Por El Cumplimiento De Las Disposiciones Del Presente Decreto Los Empleados Del Ramo Fluvial, Quienes, En Los Casos En Que Se Compruebe Que Por Descuido O Culpable Negligencia De Su Parte Ha Zarpado Alguna Embarcación Con Carga De Importación A Bordo, Y Sin Presentar La Guía Respectiva, Perderán Sus Empleos Y Quedarán Sujetos A Las Demás Sanciones Que Señala La Ley

Decreto 1362 de 1918 · Por el cual se establece en las vías fluviales un requisito para el transporte de la carga de importación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Quedan encargados de velar por el cumplimiento de las disposiciones del presente Decreto los empleados del ramo Fluvial, quienes, en los casos en que se compruebe que por descuido o culpable negligencia de su parte ha zarpado alguna embarcación con carga de importación a bordo, y sin presentar la guía respectiva, perderán sus empleos y quedarán sujetos a las demás sanciones que señala la ley. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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