Micelio

Artículo 17

Convenios

Decreto 2788 de 2004 · por el cual se reglamenta el Registro Unico Tributario de que trata el artículo 555-2 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Convenios. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales podrá suscribir convenios con entidades públicas o privadas para facilitar la inscripción, actualización y cancelación en el Registro Unico Tributario, así como para obtener información que le permita actualizar dicho sistema. En estos convenios se establecerán los términos y condiciones de operatividad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2788 de 2004