Micelio

Artículo 7

Ley 126 de 1938 · Sobre suministro de luz y fuerza eléctrica a los Municipios, adquisicion de empresas de energia eléctrica, de teléfonos y de acueductos e intervención del Estado en la prestacion de los servicios de las mimas empresas

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Los Departamentos procederán a organizar oficinas o secciones departamentales de electricidad dentro de las dependencias que correspondan, destinadas a elaborar los estudios, planos y presupuestos necesarios para acogerse a las prescripciones de la presente Ley. Estas oficinas o secciones podrán funcionar conjuntamente con las que establece el artículo 2º de la Ley 65 de 1936 , sobre acueductos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 126 de 1938