El Gobierno Nacional, las Gobernaciones y las alcaldías municipales o distritales que cuenten con actividad vichera/ bichera, en el marco de sus funciones y disponibilidad presupuestal, brindarán apoyo financiero, técnico o administrativo a los productores y transformadores del Viche/Biche para la implementación de lo dispuesto en esta ley, así como para cumplir con lo requerido para la producción artesanal y/o ancestral, y la comercialización del Viche/Biche y sus derivados por parte de las comunidades negras, afrocolombianas del pacifico colombiano.
Ley 2158 de 2021 →Vigente
Artículo 11
Apoyo A Las Comunidades
Ley 2158 de 2021 · "POR MEDIO DEL CUAL SE RECONOCE, IMPULSA Y PROTEGE EL VICHE/BICHE Y SUS DERIVADOS COMO BEBIDAS ANCESTRALES, ARTESANALES, TRADICIONALES Y PATRIMONIO COLECTIVO DE LAS COMUNIDADES NEGRAS AFROCOLOMBIANAS DE LA COSTA DEL PACÍFICO COLOMBIANO Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.