ARTICULO 11 . INGRESO. Para ejercer un empleo en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, se requiere
Comprobar que se poseen las calidades exigidas para su desempeño y la capacidad física para el mismo;
Aceptar por escrito el nombramiento en los diez (10) días siguientes a la notificación;
Tener definida la situación militar;
Poseer certificado judicial y de policía donde se acredite que su titular no registra antecedentes judiciales o de policía;
Acreditar certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación;
Ser nombrado por autoridad competente;
Declarar bajo juramento el monto de sus bienes y rentas;
Tomar posesión y prestar juramento de cumplir la Constitución, las leyes y las funciones del empleo;
Superar los exámenes médicos y la aptitud psicofísica en la Caja Nacional de Previsión Social o su equivalente. En todo caso el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, por conducto de la División de Recursos Humanos realizará estudios de seguridad a los aspirantes a prestar sus servicios en el Instituto, previos a su vinculación.