Artículo primero. En desarrollo del Decreto legislativo número 4 del corriente año, se autoriza al Gobierno para que contractualmente traspase a título de venta al Departamento del Huila, por el precio que figura en el inventario y no por el de avalúo comercial, la hacienda denominada "San Julián", en el Municipio de Pitalito, con superficie de 600 hectáreas y 344 metros cuadrados, adquirida por la Nación según la escritura número 298 de 27 de septiembre de 1952 de la Notaría de Pitalito.
Decreto 97 de 1958 →Vigente
Artículo 1
Decreto 97 de 1958 · Sobre modalidades para la disposición de unos bienes nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.