Micelio

Artículo 1

Modifícase El Artículo 2° Del Decreto Número 814 De Fecha 5 De Abril De 1984, En El Sentido De Que Se Comisiona Con El Rango De Primer Secretario; Al Señor Eduardo Serrano Rueda, Curador Del Museo De Arte Moderno De Bogotá, Para Que A Partir Del 25 De Julio Del Mismo Año Y Por El Término De Quince (15) Días, Se Traslade A Las Ciudades De Lima - Perú, Con El Fin De Montar Las Muestras Y A Quito - Ecuador,

Decreto 1838 de 1984 · Por el cual se modifica el artículo 2° del decreto número 814 de 5 de abril de 1984 y el artículo 3° de la misma disposición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Modifícase el artículo 2° del Decreto número 814 de fecha 5 de abril de 1984, en el sentido de que se comisiona con el rango de Primer Secretario; al señor Eduardo Serrano Rueda, Curador del Museo de Arte Moderno de Bogotá, para que a partir del 25 de julio del mismo año y por el término de quince (15) días, se traslade a las ciudades de Lima - Perú, con el fin de montar las muestras y a Quito - Ecuador, .para dejar las instrucciones correspondientes al manejo de las mismas e igualmente dictar tres conferencias sobre arte contemporáneo colombiano en cada una de las ciudades antes mencionadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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