º La bonificación mensual para el personal de Alfares, Guardiamarinas, Pilotones, Soldados y Grumetes en actividad de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional, será de $360. Los Soldados del Batallón Guardia Presidencial y de los Batallones de la Policía Militar que hayan terminado el curso básico en esta especialidad, tendrán una bonificación mensual adicional de $100. Los Dragoneantes de las Fuerzas Militares percibirán $300 mensuales como bonificación adicional.
Decreto 2926 de 1978 →Vigente
Artículo 6
La Bonificación Mensual Para El Personal De Alfares, Guardiamarinas, Pilotones, Soldados Y Grumetes En Actividad De Las Fuerzas Militares Y De Policía Nacional, Será De $360
Decreto 2926 de 1978 · Por el cual se modifica la escala de remuneración de los empleados de la rama jurisdiccional, del Ministerio Público de las Direcciones de Instrucción criminal y la justicia penal militar, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.