Micelio

Artículo 3

La Escuela Tiene Su Domicilio Principal En La Ciudad De Calí, Y Podrá Establecer Subsedes En Otras Ciudades Del País, Con Sujeción A Las Disposiciones Legales, Las Políticas Y Programas Del Sector Educativo Y A Las Necesidades De Capacitación Deportiva Regional, Previa Autorización De La Junta Directiva Del Instituto Colombiano De La Juventud Y El Deporte

Decreto 309 de 1986 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 0004 del 4 de diciembre de 1985 del Consejo Directivo de la Escuela Nacional del Deporte, mediante el cual se expide el Estatuto Interno

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La Escuela tiene su domicilio principal en la ciudad de Calí, y podrá establecer subsedes en otras ciudades del país, con sujeción a las disposiciones legales, las políticas y programas del sector educativo y a las necesidades de capacitación deportiva regional, previa autorización de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Juventud y el Deporte.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 309 de 1986