Publicidad de proyectos específicos de regulación. La Comisión de Regulación de Energía y Gas hará público en su página web, con antelación no inferior a quince (15) días a la fecha de su expedición, todos los proyectos de resoluciones de carácter general que pretendan adoptar, excepto los relativos a fórmulas tarifarias, en cuyo caso se seguirá el procedimiento previsto en los artículos 124 a 127 de la Ley 142 de 1994, reglamentado en el artículo 2.1.2.1.1.3.4., del presente decreto.
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