Micelio

Artículo 6

Ley 34 de 1913 · Sobre personal y asignaciones de los empleados en las Aduanas y en las Administraciones Departamentales de Hacienda Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los intereses que devenguen los depósitos que los Administradores Departamentales de Hacienda Nacional, y en general los empleados de manejo, hagan en los Bancos, con la aprobación del respectivo superior, pertenecen al Tesoro Nacional, y por consiguiente, deben figurar en la respectiva cuenta de ingresos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 34 de 1913