Artículo segundo . Para el pago de este auxilio se requerirá certificación mensual de los respectivos planteles sobre los nombres de los alumnos que en forma regular utilicen los servicios del transporte urbano colectivo para su movilización del lugar de estudio a domicilio y que, por otra parte, no tengan ya derecho al auxilio patronal del transporte por su carácter de trabajadores.
Decreto 8 de 1969 →Vigente
Artículo 2
Decreto 8 de 1969 · Por el cual se restablece la tarifa especial para transporte estudiantil y se aumenta el auxilio patronal del transporte
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.