El Poder Ejecutivo atenderá al servicio de estos Consulados en los casos excepcionales en que, ó no exista acreditada una Legación, ó á pesar de existir ésta sea necesaria la presencia de un Cónsul general.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.