ARTICULO 82 . JUNTA DE CARRERA PENITENCIARIA. La Junta de Carrera Penitenciaria estará integrada por
El Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, o su delegado.
El Jefe de la Oficina Jurídica.
El Jefe de la División de Recursos Humanos.
El Jefe de la Oficina de Control Interno, quien actuará como secretario de la Junta.
El Subdirector de la Escuela Penitenciaria Nacional.
Un representante del Cuerpo de Custodia y Vigilancia Penitenciaria y Carcelaria Nacional, elegido por votación para un período de dos (2) años, con su respectivo suplente, por los integrantes de dicho cuerpo.
Un representante del personal administrativo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, elegido por votación para un período de dos (2) años, con su respectivo suplente, por los integrantes del personal administrativo.