Micelio

Artículo 2.7.2.6.11

Intervención O Toma De Posesión

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Intervención o toma de posesión. Son causales para la intervención o toma de posesión de las empresas administradoras del monopolio, concesionarias de apuestas permanentes o chance, por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Decreto 2462 de 2013 o la norma que lo modifique o adicione, las siguientes

1.

El no pago reiterado de premios.

2.

Cuando el valor de los premios no cancelados supere los ingresos brutos obtenidos por venta de chance de cuatro (4) días del respectivo operador.

3.

Por incumplimiento del plan de desempeño.

4.

Cuando el administrador o el concesionario presente pérdidas durante tres (3) años seguidos.

5.

Cuando la empresa administradora del monopolio, no transfiera en forma oportuna los recursos del monopolio al sector salud.

6.

Cuando el concesionario incumpla reiteradamente con sus obligaciones de declarar y pagar los derechos de explotación y demás valores relacionados con la declaración.

7.

Cuando las empresas estén explotando el monopolio, sin haber sido autorizadas por la entidad concedente.

8.

Cuando se demuestre que el concesionario está ejerciendo prácticas no permitidas. (Art. 25 Decreto 1350 de 2003)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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