Para garantizar a los productos de algodón nacional un precio mínimo de dos pesos setenta centavos ($ 2.70) por arroba para el conocido con el nombre de algodón de la Costa y precios proporcionales para los demás tipos, de acuerdo con calificación que hará el Gobierno, no se autorizara importación de algodón o hilazas extranjeras a los industriales que no tomen el cupo que les corresponda, según distribución que debe hacer el Gobierno para asegurar el consumo total de la producción del país.
Para los algodones desmontados se fijaran precios proporcionales de acuerdo con el rendimiento del desmonte.