Los servicios de las Capitanías de Puerto, Intendencias Fluviales, y en general todas aquellas dependencias que por una u otra causa tengan vinculación directa con la Armada Nacional o con los servicios que requieran gentes de mar, serán servidos y atendidos, preferiblemente, por el personal de Jefes y Oficiales que figuren en el Escalafón de Reserva Naval.
De los individuos de Clases y Marinería.