Micelio

Artículo 86

Ejecución De Las Sanciones

Ley 1768 de 2015 · por la cual se establece el procedimiento disciplinario que deberá seguirse para tramitar y decidir los asuntos disciplinarios que conoce el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La sanción impuesta se hará efectiva por el Consejo Profesional Nacional de Arquitectura y sus Profesiones Auxiliares.

De toda sanción disciplinaria impuesta a un profesional de la Arquitectura o sus Profesiones Auxiliares, se dará aviso a la Procuraduría General de la Nación, a todas las entidades que tengan que ver con el ejercicio profesional correspondiente, con el registro de proponentes y contratistas y a las agremiaciones de profesionales, con el fin de ordenar las anotaciones en sus registros y tomar las medidas pertinentes, en aras de hacer efectiva la sanción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1768 de 2015