La Asamblea General de Propietarios se reunirá extraordinariamente cuando así lo exijan las necesidades del edificios o conjunto de edificios, en cualquier día, por convocatoria del administrador o revisor si lo hubiere o por un número plural de propietarios que represente por lo menos el diez por ciento (10%) de la totalidad de coeficientes de copropiedad, o de los porcentajes de participación, en su caso.
Decreto 1365 de 1986 →Vigente
Artículo 20
Decreto 1365 de 1986 · Por el cual se reglamentan las Leyes 182 de 1948 y 16 de 1985 sobre la propiedad horizontal
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.