Micelio

Artículo 6

Ley 25 De 1974

Decreto 2898 de 1953 · Por el cual se crea un cargo en la Procuraduría General de la Nación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. Bajo la dirección del Procurador General, el Procurador Delegado para la Vigilancia Administrativa tiene a su cargo el registro del personal de empleados y funcionarios necesarios de todas clases; averigua y estudia las quejas que por mala conducta, ineptitud manifiesta, abuso o exceso de funciones, negligencia o cualquiera otra causa semejante, se presenten contra funcionarios públicos, y cuando fuere el caso, impondrá la sanción correspondiente o pasará la acusación a quien corresponda la consiguiente investigación judicial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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