Para ascender al grado de Brigadier General en el Ejército y en la Fuerza Aérea y al de Contra-Almirante en la Armada los Coroneles y Capitanes de Navío, respectivamente, requieren las siguientes condiciones
Tener a lo menos tres (3) años de servicio en el grado.
Ser Oficial diplomado en Estado Mayor.
Haber desempeñado por un lapso no menor de un año uno de los cargos de Comandante de Brigada, Comandante de Ala-Base, Comandante de las Fuerzas Navales o Jefe del Departamento Técnico de la Base Naval A.R.C. Bolívar.
Para los Oficiales de los Servicios haber desempeñado por un lapso no menor de un año la Dirección de un Hospital Militar, Fabrica de Material de Guerra o Subjefatura del Servicio a que pertenezcan; para los Oficiales de Intendencia haber sido, por el mismo tiempo, Intendente de División o Sub-Intendente de la Armada o Fuerza Aérea.
Para los Oficiales de los Servicios que requieran titulo universitario no se exigirá el requisito establecido en el numeral b) de este artículo.