Micelio

Artículo 2

La Franquicia Prevista En El Articulo Anterior Se Concederá A Las Demás Sociedades De Mejoras Públicas, Pero Únicamente Para Comunicarse Entre Ellas Y Con La Del Lguar De La Reunión Del Congreso, En Asuntos Exclusivamente Relativos A Esa Reunión

Decreto 2001 de 1941 · Por el cual se reglamenta el artículo 4° de la Ley 76 de 1941

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La franquicia prevista en el articulo anterior se concederá a las demás Sociedades de Mejoras Públicas, pero únicamente para comunicarse entre ellas y con la del lguar de la reunión del Congreso, en asuntos exclusivamente relativos a esa reunión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2001 de 1941