Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1254 de 1999 · por el cual se dictan medidas para preservar el orden público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Los gobernadores de los departamentos señalados en los artículos anteriores tomarán las medidas necesarias para preservar el orden público y evitar la ocurrencia de actos violentos en sus respectivas jurisdicciones. En tal sentido, deberán coordinar con la fuerza pública el establecimiento de retenes y cordones de seguridad fluviales y terrestres para proteger a la población civil.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1254 de 1999