Artículo tercero. La Caja de Protección Social de la Policía Nacional consignará a la Caja Nacional de Previsión los descuentos que hubiere recibid^, a partir de enero último, correspondientes al personal que de conformidad con este Decreto quede afiliado a esta entidad.
Decreto 1478 de 1949 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1478 de 1949 · Por el cual se determinan las Cajas de Previsión Social a las cuales deben estar afiliados unos empleados
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.