Micelio

Artículo 123

En Caso De Turbación Del Orden Público Y Con El Solo Objeto De Restablecer La Normalidad, El Gobierno Podrá Servirse De Los Elementos Y Medios De Comunicación Y Transporte De Los Concesionarios, O De Los Que Estos Utilicen, Pagando La Remuneración Del Caso Cuando Hubiere Lugar A Ello

Decreto 805 de 1947 · por el cual se reglamenta la Ley 85 de 1945, se sustituyen los Decretos 1054 de 1932 y 1343 de 1937 y se dictan otras disposiciones sobre minas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En caso de turbación del orden público y con el solo objeto de restablecer la normalidad, el Gobierno podrá servirse de los elementos y medios de comunicación y transporte de los concesionarios, o de los que estos utilicen, pagando la remuneración del caso cuando hubiere lugar a ello.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 805 de 1947