Artículo único. Las siguientes entidades harán parte de la Comisión Colombiana Pro-Alianza para el Progreso, constituida por Decreto número 413 de 1963: Asociación Colombiana de Municipalidades; Asociación Colombiana de Profesores de Enseñanza Secundaria; Corporación Financiera Colombiana de Desarrollo Industrial; Instituto Nacional de Contadores Públicos; Sociedad Colombiana de Químicos e Ingenieros Químicos; Movimiento Aliado de la Clase Media. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1834 de 1963 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1834 de 1963 · Por el cual se adiciona el número 413 de 1963, constitutivo de la Constitución Colombiana Pro-Alianza para el Progreso.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.