Micelio

Artículo 15

En Los Casos En Que La Mercancía Pueda Sufrir Deterioro, De Ser Enviada Al Administrador De La Aduana Correspondiente Para Su Custodia, O El Envió Resultare Antieconómico, El Funcionario Instructor Podrá Él Mismo, Proceder Al Remate Con El Lleno De Las Formalidades Pertinentes Y Previa Autorización De La Dirección General De Aduana

Decreto 2435 de 1953 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 3134 de 1952

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los casos en que la mercancía pueda sufrir deterioro, de ser enviada al Administrador de la Aduana correspondiente para su custodia, o el envió resultare antieconómico, el Funcionario Instructor podrá él mismo, proceder al remate con el lleno de las formalidades pertinentes y previa autorización de la Dirección General de Aduana.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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