° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: DEL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 72 Del artículo 1133. Para ampliación del edificio de estudios de la Radiodifusora Nacional, construcción de nuevas oficinas, estudios y salas de audición $ 15.000.00 Del artículo 1135. Para dotación del laboratorio de experimentación de la Radiodifusora Nacional y pruebas de nuevos sistemas 5.000.00 Departamento de Bolívar. CAPITULO 77 Del artículo 1290. Para auxiliar al Colegio "Fernández Baena", de la ciudad de, Cartagena, como auxilio para la compra de sus laboratorios de física y química 8.666.67 Departamento de Santander. CAPITULO 77 Del artículo 1416. Para adquirir el lote donde funcionará la Escuela Normal Rural para Varones, de Puente Nacional 6.000.00 Suman los contracréditos $ 34.666.67 AL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL CAPITULO 79 Al artículo 1472-B. Para pagar por conducto del Departamento Nacional de Provisiones, al señor- Ramón Cuéllar, a cuenta del valor de un transmisor suministrado a la Radiodifusora Nacional $ 20.000.00 Departamento de Bolívar. CAPITULO 77 Al artículo 1282. Para auxiliar la Universidad de Bolívar (sostenimiento) 8.666.67 AL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS Departamento de Santander. CAPITULO 96 Al artículo 1789. Para terminar la construcción, piscina y dotación del hotel de turismo de Agua-blanca en Puente Nacional, según Leyes 97 de 1937 y 113 de 1941, artículo 2° 6.000.00 Suman los créditos $ 34.666.67
Decreto 2247 de 1945 →Vigente
Artículo 1
Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Del Ministerio De Educacion Nacional Capitulo 72 Del Artículo 1133
Decreto 2247 de 1945 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.