Artículo único. Convóquese el Congreso a sesiones extraordinarias desde el día diez y siete del presente mes. En estas sesiones se ocupará el Congreso de los negocios que el Gobierno someta á su consideración por medio de los Ministros del Despacho. Comuníquese y publíquese.
Decreto 608 de 1896 →Vigente
Artículo 1
Decreto 608 de 1896 · Por el cual se convoca el Congreso a sesiones extraordinarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.