Micelio

Artículo 2

Ley 47 de 1962 · por la cual se honra la memoria de un eminente ciudadano (doctor Emilio Robledo Correa).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Como homenaje al sabio mentor de la Universidad de Antioquia, el Gobierno procederá a ampliar y completar los laboratorios de ciencias biológicas e investigaciones, que funcionan en la Facultad de Medicina de Medellín, de conformidad con disposiciones del Consejo Directivo de la Universidad, y a construír una nueva sala en la Biblioteca de este sector de experimentos científicos.

La sala en que se dicta la I Cátedra de Parasitología de la misma Facultad se denominará "Aula Robledo Correa", y la placa en que se inscriba este nombre llevará el número de la presente Ley.

Parágrafo

Asímismo, de la suma destinada para el cumplimiento de esta Ley, aprópiase la cantidad de cien mil pesos ($ 100.000.00) para la instalación adecuada de la "Biblioteca Emilio Robledo" que funciona en la Universidad de Caldas, de acuerdo con los proyectos e instrucciones de las directivas de dicha Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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